Bono Social

Bono Social para personas vulnerables: requisitos, descuentos y cómo solicitarlo en 2026

La factura de la luz sigue siendo uno de los gastos que más preocupa a los hogares españoles, y para muchas familias supone un esfuerzo cada vez mayor llegar a fin de mes. El bono social eléctrico es la principal ayuda que ofrece el Gobierno para aliviar esa carga: un descuento directo sobre la factura que puede llegar a cubrir hasta el 100% del consumo en los casos más vulnerables.

Sin embargo, muchas personas que tendrían derecho a recibirlo no lo solicitan por desconocimiento, por errores en la documentación o porque creen que no cumplen los requisitos. En este artículo te explicamos, con datos actualizados a 2026, qué es el bono social, quién puede pedirlo, qué descuentos aplica y cómo tramitarlo paso a paso.

¿Qué es el bono social eléctrico?

El bono social eléctrico es una ayuda regulada por el Gobierno (Real Decreto 897/2017) que aplica un descuento directo sobre la factura de la luz de los hogares que cumplen ciertos criterios de vulnerabilidad económica o social. No es una tarifa especial ni una subvención que se cobra aparte: es un porcentaje que se descuenta automáticamente del término de potencia y del término de energía del recibo.

Solo pueden ofrecerlo las Comercializadoras de Referencia (COR) del mercado regulado, como Curenergía (Iberdrola), Energía XXI (Endesa), Comercializador de Referencia Energético (Naturgy), Régsiti (Repsol) o Baser. Si estás en el mercado libre, no podrás acceder a esta ayuda hasta que cambies a la tarifa regulada PVPC.

Tipos de consumidor vulnerable y descuentos en 2026

La normativa clasifica a los beneficiarios en tres categorías, y de esa clasificación depende el porcentaje de descuento que se aplica. Gracias a la prórroga aprobada por el Real Decreto-ley de 3 de febrero de 2026, los descuentos extraordinarios siguen vigentes hasta el 31 de diciembre de 2026.

CategoríaDescuento 2026Descuento 2027
(si no hay prórroga)
Consumidor vulnerable42,5 %35 %
Consumidor vulnerable severo57,5 %50 %
Consumidor en riesgo de exclusión social100 %100 %

El descuento se aplica íntegramente al término de potencia, mientras que en el término de energía existe un límite anual de consumo bonificado que varía según el tipo de hogar. El consumo que supere ese límite se factura al precio normal del PVPC sin descuento.

Además, los beneficiarios del bono social tienen garantizado el suministro: hasta el 31 de diciembre de 2026 está expresamente prohibido cortar la luz a los consumidores vulnerables, vulnerables severos o en riesgo de exclusión social.

Requisitos generales para pedir el bono social

Antes de mirar los umbrales de renta, hay tres condiciones técnicas que todos los solicitantes deben cumplir sin excepción:

●      Tener la tarifa PVPC contratada con una Comercializadora de Referencia. El mercado libre queda excluido.

●      Potencia contratada igual o inferior a 10 kW en la vivienda habitual.

●      Que el contrato esté a nombre del solicitante y corresponda a su residencia habitual (no segundas viviendas ni locales).

A partir de ahí, hay que acreditar la situación económica o personal que justifica el acceso a la ayuda.

Consumidor vulnerable: límites de renta según IPREM

Para ser considerado consumidor vulnerable, la renta anual de la unidad de convivencia debe ser igual o inferior a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas. En 2026, el IPREM anual está fijado en 8.400 €, lo que da los siguientes umbrales orientativos:

Composición del hogarRenta máxima anual (vulnerable)
1 persona sola12.600 € (1,5 × IPREM)
Pareja sin hijos15.120 € (1,8 × IPREM)
Pareja con 1 menor19.320 € (2,3 × IPREM)
Pareja con 2 menores23.520 € (2,8 × IPREM)
Familia monoparental con 1 menor16.800 € (2,0 × IPREM)

Por cada adulto adicional se suma 0,3 al multiplicador del IPREM, y por cada menor, 0,5. Los límites se incrementan en 0,5 puntos adicionales cuando en el hogar hay personas con discapacidad ≥ 33 %, víctimas de violencia de género, víctimas de terrorismo o situaciones de dependencia reconocidas.

Consumidor vulnerable severo

Se considera vulnerable severo cuando la renta de la unidad de convivencia es igual o inferior al 50 % de los umbrales establecidos para el consumidor vulnerable. Es decir, hay que dividir por dos las cifras de la tabla anterior. En el caso de familias numerosas, el límite es 2 veces el IPREM (16.800 € anuales).

Consumidor en riesgo de exclusión social

Para acceder al 100 % de descuento, hay que cumplir los requisitos de vulnerable severo y, además, estar atendido por los servicios sociales de una administración autonómica o local que financie como mínimo el 50 % de la factura.

Casos especiales: pensionistas, IMV y familias numerosas

  • Pensionistas con pensión mínima contributiva o no contributiva: pueden acceder al bono social como vulnerables si cumplen los demás requisitos.
  • Perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV): acceden directamente al bono social sin necesidad de acreditar otros límites de renta, mientras la prestación esté vigente.
  • Familias numerosas: hasta ahora bastaba con el título en vigor para acceder automáticamente, pero la Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética 2026-2030 introduce cambios importantes (lo vemos más abajo).

Documentación necesaria para solicitar el bono social

Reunir la documentación correcta es la parte que más solicitudes hace que se denieguen. Estos son los documentos básicos que necesitarás:

●      DNI o NIE del titular del contrato y de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 14 años.

●      Certificado de empadronamiento colectivo o histórico, que acredite que todos los miembros residen en la vivienda.

●      Libro de familia o certificado de nacimiento de los hijos menores.

●      Formulario oficial de solicitud del bono social, firmado por todos los mayores de edad.

●      Declaración responsable del titular sobre los datos económicos y familiares.

●      Última declaración de la renta o, en su defecto, certificado de ingresos.

Documentación adicional según el caso:

●      Título de familia numerosa en vigor.

●      Certificado de discapacidad ≥ 33 %, dependencia o reconocimiento de víctima de violencia de género o terrorismo.

●      Resolución de concesión del IMV, si procede.

●      Certificado de pensión mínima emitido por la Seguridad Social.

●      Informe de servicios sociales, para el supuesto de riesgo de exclusión.

Cómo solicitar el bono social eléctrico paso a paso

El procedimiento puede parecer engorroso, pero siguiendo el orden correcto se completa sin sorpresas:

  1. Comprueba que estás en el PVPC y que tu potencia es ≤ 10 kW. Si no es así, primero tendrás que cambiar de tarifa con una Comercializadora de Referencia.
  2. Identifica tu Comercializadora de Referencia según la zona y la compañía distribuidora.
  3. Descarga el formulario oficial desde la web de la comercializadora o del Ministerio para la Transición Ecológica.
  4. Reúne la documentación explicada en el apartado anterior y asegúrate de que todos los miembros mayores de edad firman.
  5. Envía la solicitud por uno de estos canales: correo electrónico habilitado por la comercializadora, formulario online, correo postal certificado o, en algunos casos, presencialmente.
  6. Espera la resolución: la comercializadora dispone de 15 días hábiles para responder. Si pasa ese plazo sin contestación, se entiende estimada por silencio positivo.
  7. Comprueba el descuento en la siguiente factura. Debe aparecer claramente desglosado.

Si todo está correcto, el bono social se aplicará desde el primer día del ciclo de facturación siguiente a la concesión.

¿Cuánto dura y cómo se renueva?

El bono social no es indefinido: tiene una vigencia de 2 años desde la fecha de concesión. Pasado ese plazo, hay que renovarlo aportando documentación actualizada. La comercializadora suele avisar con 15 días de antelación, pero no está de más anotar la fecha en el calendario, porque si se deja caducar pierdes el descuento y tienes que empezar el trámite desde cero.

Hasta ahora, las familias numerosas no tenían que renovar mientras mantuvieran el título en vigor, pero esto está cambiando con la nueva estrategia 2026-2030.

Novedades del bono social en 2026

El Consejo de Ministros aprobó en 2026 la Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética 2026-2030, que introduce dos novedades muy relevantes:

  • Aplicación de criterios de renta a todos los colectivos, incluidas las familias numerosas. Hasta finales de 2025, alrededor de 284.000 familias numerosas accedían al bono social solo con el carnet, sin justificar ingresos. A partir de la entrada en vigor de la nueva estrategia, todas tendrán que acreditar renta para mantener la ayuda.
  • Prórroga de los descuentos extraordinarios (42,5 % y 57,5 %) hasta el 31 de diciembre de 2026, así como la prohibición de cortes de suministro.

Si eres familia numerosa y nunca has justificado tu renta para el bono social, es muy recomendable revisar tu situación cuanto antes para evitar perder el descuento de un día para otro.

Límites de consumo bonificados

El descuento del bono social no se aplica sobre un consumo ilimitado. Existen unos topes anuales que dependen de la situación del hogar (kWh por año):

Tipo de hogarLímite anual con descuento
Sin menores1.380 kWh/año
1 menor en el hogar1.932 kWh/año
2 menores en el hogar2.346 kWh/año
Pensionistas1.932 kWh/año
Familia numerosa4.140 kWh/año

Lo que se consume por encima de esos límites se factura al precio normal del PVPC, sin descuento. Por eso, además de pedir el bono social, conviene revisar la potencia contratada y los hábitos de consumo para no rebasar los topes.

Preguntas frecuentes sobre el bono social

¿Puedo pedir el bono social si estoy en el mercado libre?

No. El bono social solo se aplica a la tarifa regulada PVPC con una Comercializadora de Referencia. Si quieres acceder al descuento, primero tienes que cambiar de tarifa.+

¿Cuánto se tarda en cobrar el descuento?

Una vez aprobada la solicitud, el descuento aparece en la siguiente factura emitida, normalmente al mes siguiente. La resolución de la comercializadora suele llegar en 15 días hábiles.

¿Qué pasa si me deniegan el bono social?

Si la denegación es por falta de documentación, puedes subsanar y volver a presentar la solicitud. Si crees que se ha denegado injustamente, puedes presentar reclamación ante la Dirección General de Política Energética y Minas o ante la oficina de consumo de tu comunidad autónoma.

¿El bono social es compatible con otras ayudas?

Sí. Es compatible con el bono social térmico (que se concede automáticamente) y con ayudas autonómicas o municipales contra la pobreza energética. No es compatible con tarifas del mercado libre con descuento.

¿Tengo que cambiar de compañía para pedirlo?

No tienes que cambiar de grupo empresarial, pero sí de comercializadora: tendrás que pasar de la comercializadora libre del grupo a la Comercializadora de Referencia correspondiente. Por ejemplo, de Iberdrola Clientes a Curenergía, o de Endesa Energía a Energía XXI.

¿Y si soy autónomo o pequeña empresa?

El bono social solo se aplica a vivienda habitual. Locales, negocios y segundas residencias quedan fuera. Si eres autónomo y trabajas desde casa, sigue siendo válido siempre que el contrato sea doméstico.

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